¿Que es?
Art. 18. Cancelación del período académico. “En casos de fuerza mayor, caso fortuito debidamente documentado o por traslado entre programas de la Universidad, el Consejo de Facultad podrá autorizar la cancelación del período académico, es decir de la totalidad de asignaturas o actividades académicas inscritas. En tal caso los créditos correspondientes se reintegrarán al cupo de créditos para inscripción”
NOTA: Si los soportes son médicos, deben estar avalados por Servicio Médico estudiantil
¿Como se hace?
Se hace a través del SIA, según fechas establecidas en el calendario académico, Mis solicitudes, opción “Cancelación período académico”
Normativa
Documentos para entregar en oficina de Asuntos Estudiantiles
Para la cancelación de período académico es necesario adjuntar los soportes que demuestren la situación del estudiante.