¿Que es?
Artículo 10. En cada período académico los estudiantes o admitidos a un programa de pregrado deberán inscribir asignaturas que sumen diez (10) créditos como mínimo.
Parágrafo. Los Consejos de Facultad podrán autorizar la inscripción de asignaturas o actividades académicas con un número inferior de créditos, previa solicitud justificada del estudiante.
¿Como se hace?
Se ingresa a través del SIA, según fechas establecidas en el calendario académico, Mis solicitudes, opción “Autorización para cursar menos de la carga mínima”.
Normativa
- Acuerdo 008 del 2008 del CSU
- Art. 8, 9 y 10. Los cuales establecen los criterios para el proceso de inscripción de asignaturas, que deberán sumar como mínimo diez (10) créditos.
- Acuerdo 230 del 2016 del CSU
Documentos para entregar en oficina de Asuntos Estudiantiles
Soportes que demuestren los motivos expuestos por el estudiante